Es un sistema que permite a las comunidades autónomas compartir información clínica relevante de sus ciudadanos para que esté disponible en soporte electrónico en cualquier servicio autonómico del Sistema Nacional de Salud (SNS) a petición de los ciudadanos y los profesionales sanitarios.
Es un sistema que permite a las comunidades autónomas compartir información clínica relevante de sus ciudadanos para que esté disponible en soporte electrónico en cualquier servicio autonómico del Sistema Nacional de Salud (SNS) a petición de los ciudadanos y los profesionales sanitarios.
¿Qué ofrece este sistema?
Acceder al conjunto de informes que conforman la Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud, que se encuentran disponibles en la comunidad autónoma de residencia o en cada una de ellas donde se han generado.
Además, el sistema permite:
- Conocer los accesos realizados a sus informes clínicos en el sistema de Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud.
- Ocultar aquellos informes clínicos que, según criterio del paciente, no deben ser conocidos por profesionales distintos de quienes habitualmente le atienden.
- Obtener copia de los documentos electrónicos que estén disponibles, imprimirlos o descargarlos en un dispositivo de almacenamiento local.
- Generar el Patient Summary (Resumen de Paciente de la Unión Europea). Se trata de un documento que recoge la información clínica más importante para que profesionales de otros países de la Unión puedan atender a cualquier ciudadano que solicite asistencia sanitaria fuera de su país.
- Elaborar la Historia Clínica Resumida (HCR), un informe generado en tiempo real con los datos más relevantes para una asistencia médica no programada.
¿Quién desarrolla la Historia Clínica Digital?
Para poder desarrollar este sistema ha sido necesaria la colaboración de dos agentes claves:
- Comunidades autónomas: responsables de implantar los requisitos técnicos y funcionales que permiten la comunicación de contenidos mediante el servicio de Historia Clínica Digital, facilitando la interoperabilidad desde sus sistemas de información.
- Ministerio de Sanidad: coordinador y facilitador para que las CCAA puedan llevar a cabo sus objetivos. Este papel se le asigna en el artículo 56 de la Ley de Cohesión y Calidad y la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente.
¿Quién puede acceder a la Historia Clínica Digital?
El acceso está permitido a los profesionales sanitarios autorizados y a los ciudadanos que dispongan de la Tarjeta Sanitaria Individual activa en el Servicio de Salud de las diferentes comunidades autónomas.
¿Cómo pueden acceder los ciudadanos a la Historia Clínica Digital?
El acceso se realiza a través de Internet, en la página web habilitada por el Servicio de Salud de cada comunidad o ciudad autónoma con la Tarjeta Sanitaria Individual (TSI).
Será necesario identificarse a través de algún medio digital: DNI electrónico, certificado electrónico emitido por una autoridad de certificación de confianza, o claves concertadas a través de la plataforma Cl@ve.
También podrá acceder usando la aplicación ‘Carpeta Ciudadana’, tanto en ordenador como en dispositivo móvil.
¿Por qué no se ven todos los informes clínicos?
Puede ocurrir que no todos los informes estén disponibles por alguno de los siguientes motivos:
- La información es antigua y previa a la informatización de los documentos clínicos, y por tanto no consta en el sistema de información de Historia Clínica Electrónica de su Servicio de Salud.
- El documento clínico puede estar en el sistema local de información del centro sanitario en el que fue atendido, pero no se ha enviado al sistema de Historia Clínica Electrónica de su Servicio de Salud.
- El Servicio de Salud que dispone de esa información está pendiente de publicarla en la Historia Clínica Digital.
- El informe pertenece a alguna de las tipologías que, por el momento, no están disponibles en el Servicio de Salud. Puede consultar los informes que ofrece su comunidad autónoma.
¿Cómo restringir el acceso a los documentos?
Tras acceder al sistema, en la página que contiene el índice de documentos disponibles, deberá localizar el botón, icono o casilla «Ocultar» situado junto a cada documento.
Al pulsar sobre el botón o el icono, en pantalla se mostrará una información que incluye la advertencia acerca de que, en determinadas circunstancias, los profesionales sanitarios pueden considerar necesario acceder a los documentos ocultos (acceso en modo emergencia).
La ocultación es reversible, y se puede deshacer a través de la misma página inicial.
¿Es posible reclamar un acceso a los documentos?
Sí, el sistema permite realizar una reclamación si el paciente no está conforme con alguno de los accesos registrados. Para ello se deben seguir los siguientes pasos:
- Obtener la lista de los accesos a sus documentos de la Historia Clínica Digital pulsando el botón o icono de ‘Registro de Accesos’, que se encuentra en la página inicial.
- Identificar el acceso sobre el que desea reclamar.
- A través del botón o icono de reclamación, activar el formulario electrónico de «Reclamación sobre un Acceso». Cumplimentar los datos de la solicitud, incluyendo los de contacto.
- Tras el envío, la página de reclamación facilitará un acuse de recibo.
¿Cómo se garantiza la seguridad?
El sistema limita el acceso de forma que para los ciudadanos precisa el uso de DNI electrónico, certificado electrónico emitido por una autoridad de certificaciones de confianza, o claves concertadas como Cl@ve, obtenidas bajo unos criterios de seguridad.
En el caso de profesionales sanitarios, también requiere autenticación mediante certificado electrónico, y el acceso queda restringido a fines exclusivamente asistenciales.
Además, todos los accesos realizados quedan registrados y pueden ser objeto de auditoría.
¿Quién es responsable del tratamiento de los datos?
Los mismos agentes que han desarrollado el sistema de Historia Clínica Digital garantizan la seguridad y confidencialidad de la información recogida:
- El Servicio de Salud autonómico se ocupa de la custodia de aquellos datos de salud que le conciernen con motivo de la asistencia sanitaria prestada, para lo cual se han implementado medidas técnicas y organizativas que permiten garantizar la privacidad.
- El Ministerio de Sanidad tiene la misión de coordinar el sistema de interoperabilidad de la información sanitaria de cada comunidad autónoma a través de la Subdirección General de Información Sanitaria, dependiente de la Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del SNS. Por tanto, el Ministerio no tiene responsabilidad directa sobre los datos clínicos o administrativos.